Honorarios
En despacho establece sus tarifas de forma transparente con sus clientes, dependiendo de la naturaleza y la dificultad del caso y el tiempo dedicado al procesamiento del archivo. De conformidad con las normas éticas de la profesión de Abogado, las tarifas serán objeto de un presupuesto, sujeto al acuerdo del cliente.
Desde la primera cita y después del estudio preliminar del archivo, el bufete ofrecerá al cliente una opción entre varias fórmulas de facturación, centrándose en promover la forma de tarifas más ventajosa para el cliente.
Para especificar los términos y condiciones para fijar las tarifas, se realizará un acuerdo de tarifa entre el bufete de Maître Christophe Martin Laviolette y el cliente. Se pueden proponer tres fórmulas:
El honor "tiempo pasado": b>
Las tarifas se basarán en el tiempo del abogado y la tarifa por hora. Cuando se adopta esta fórmula de compensación, el bufete indica a su cliente el número estimado de horas necesarias para procesar su archivo, y tiene a su disposición un recuento del tiempo dedicado a su negocio.
Tarifas del paquete: b>
En este caso, se paga una cantidad fija por todo el procedimiento. Este sistema de fijación de tarifas es particularmente adecuado para los casos en que el bufete de abogados puede estimar de antemano el tiempo necesario para procesar el archivo.
La tarifa de "resultado". b>
Cuando el bufete y el cliente lo hayan estipulado expresamente en el acuerdo de honorarios, la remuneración adicional, basada en la obtención de un resultado específico para el cliente, se puede agregar a una tarifa "mínima". Basado en un paquete o una cuota de horas. Sin embargo, la comisión de rendimiento no puede ser el único modo de remuneración del abogado.
Seguridad protección juridica: b> si tiene un seguro de protección legal como parte de un contrato de seguro, las tarifas {firme} pueden estar cubiertas, en parte o en su totalidad, por su compañía de seguros A pesar de este apoyo financiero, el cliente puede elegir libremente a su abogado.
Compensación y reembolso de honorarios: b> el Código de Procedimiento Civil (Artículo 700) y el Código de Procedimiento Penal (Artículo 475-1) prevén la posibilidad de que un tribunal ordene a la parte contraria a reembolsarle en parte o en su totalidad las tarifas y los gastos incurridos en los procedimientos judiciales.